Cómo vender una propiedad en Honduras sin viajar desde Estados Unidos
Quieres vender una propiedad en Honduras, pero no puedes viajar por tu situación migratoria o simplemente por el costo del viaje. No sabes si eso es posible sin estar presente para firmar la escritura.
Otorgas un Poder Especial en el consulado y tu apoderado firma la venta en Honduras. Se pagan el Impuesto sobre Tradición del SAR (1.5% del valor), el pago al Registro de la Propiedad y la inscripción del poder.
Datos duros
| Concepto | Valor | Institución | Fuente |
|---|---|---|---|
| Requisitos del Poder Especial cuando es para venta o compra de un inmueble, otorgado ante un consulado hondureño | Tarjeta de identidad o pasaporte hondureño vigente de quien otorga el poder, cita consular, y copia de la escritura o título de propiedad del inmueble (o, si no se tiene, una descripción del bien y su ubicación exacta) | SRECI | Fuente |
| Plazo para autenticar en la Unidad de Auténticas de la Oficina Consular un documento público otorgado en el extranjero, antes de que surta efecto legal en Honduras | 1 día | SRECI | Fuente |
| Inscripción de un poder (nacional o extranjero) en el Registro de la Propiedad, cuando el poder afecta un bien inmueble: original y copia legible de la escritura, más este pago por servicios registrales | 200 HNL | IP | Fuente |
| Ámbito del Impuesto sobre Tradición de Bienes Inmuebles (código 152) que administra el SAR: se creó para las transferencias de inmuebles a título oneroso, con una tasa de 1.5% del valor de la transacción | Se creo el Impuesto Sobre Tradición de Bienes Inmuebles a título oneroso. El monto del Impuesto de Tradición de Bienes Inmuebles será de uno y medio por ciento (1.5%) del valor de la transacción | SAR | Fuente |
| Datos que pide la declaración del Impuesto sobre Tradición de Bienes Inmuebles (código 152) del SAR: RTN del vendedor, del comprador y del notario | Debe ingresar el Registro Tributario Nacional (RTN) del obligado tributario o vendedor. Debe ingresar el Registro Tributario Nacional (RTN) del comprador. Debe ingresar el Registro Tributario Nacional (RTN) del notario | SAR | Fuente |
| Impuesto de tradición que se paga al Registro de la Propiedad para inscribir una compraventa, hipoteca, cancelación o venta de derechos sobre un inmueble, dentro de los tres días de autorizada la escritura | L 20.00 si el valor del acto o contrato no supera L 1,000.00; si lo supera, L 1.50 por cada millar o fracción de millar (Artículo 53, Ley de Propiedad) | IP | Fuente |
Los dos caminos
Hazlo tú mismo
- Agenda cita en citaconsular.sreci.gob.hn y otorga un Poder Especial para venta de inmueble, presentando tu identidad vigente y la escritura del bien (o su descripción y ubicación exacta si no la tienes). Fuente
- Autentica el poder en la Unidad de Auténticas de la Oficina Consular. Fuente
- Tu apoderado en Honduras inscribe el poder en el Instituto de la Propiedad. Fuente
- La venta paga ante el SAR el Impuesto sobre Tradición de Bienes Inmuebles: 1.5% del valor de la transacción. Fuente
- Esa declaración lleva el RTN del vendedor, del comprador y del abogado y notario hondureño que autoriza la escritura. Fuente
- Para inscribir la compraventa, el Registro de la Propiedad cobra además su propio pago, dentro de los tres días de autorizada la escritura. Fuente
Lo hacemos por ti
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- Redacción del poder por un abogado colegiado, listo para usar en Honduras
- Preparación de tu documentación e instrucciones para que solicites tu cita consular
- Ejecución del poder en Honduras una vez firmado
- Hacer filas
- Viajar a Honduras
- Depender de un tramitador informal
Qué necesitas
- Tarjeta de identidad o pasaporte hondureño vigente de quien otorga el poder
- Copia de la escritura o título de propiedad del inmueble (o, si no la tienes, una descripción del bien y su ubicación exacta)
- Cita consular ya agendada
Errores más comunes
- Calcular solo el pago del Registro de la Propiedad. La venta también paga ante el SAR el Impuesto sobre Tradición, que es el 1.5% del valor.
- Otorgar un poder que no dice que es para vender ese inmueble. El Poder Especial para venta pide la escritura o la descripción y ubicación exacta del bien.
- Olvidar inscribir el poder en el Instituto de la Propiedad antes de la venta. Tiene su propio pago de 200 HNL.
Cuánto tarda de verdad
- Plazo oficial
- 1 día
Precio y pago
Preguntas frecuentes
¿Necesito viajar a Honduras para vender mi propiedad?
No. Otorgas un Poder Especial para venta de inmueble en el consulado hondureño de tu ciudad; tu apoderado en Honduras firma la escritura y hace el resto del trámite.
¿Cuánto cuesta inscribir el poder en el Instituto de la Propiedad?
200 HNL de servicios registrales, además de lo que cobre el consulado por autenticarlo antes de enviarlo a Honduras.
¿Cuánto se paga de impuesto al vender?
Son dos pagos distintos. Ante el SAR, el Impuesto sobre Tradición de Bienes Inmuebles: 1.5% del valor de la transacción. Ante el Registro de la Propiedad, para inscribir la venta: 20 HNL si el acto no supera 1,000 HNL, y 1.50 HNL por cada millar o fracción si lo supera (artículo 53 de la Ley de Propiedad).
¿Necesito RTN para vender?
La declaración del Impuesto sobre Tradición ante el SAR pide el RTN del vendedor, del comprador y del abogado y notario hondureño que autoriza la escritura.
¿Qué pasa si no tengo la escritura a la mano?
Puedes otorgar el poder igual, presentando una descripción del bien inmueble y su ubicación exacta en lugar de la escritura o título.
¿Qué hace Tramítalo Ya en este proceso?
Redacta el poder, te prepara la documentación para tu cita consular, y ejecuta el poder en Honduras una vez que está firmado: lo que recibes de vuelta es la confirmación de que la venta ya se ejecutó.
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