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Ley de Retorno en Honduras: qué puedes reclamar hoy si vuelves de Estados Unidos

Estás pensando en volver a Honduras, o ya te tocó regresar, y quieres saber si vas a poder traer tus cosas y tu carro sin que te cobren impuestos por todo. Escuchaste que hay una ley nueva, pero no sabes qué tan real es todavía.

Publicado: 13 de septiembre de 2026 · Actualizado: 13 de septiembre de 2026

La Ley de Retorno (Decreto 73-2026) exonera de impuestos el menaje, las herramientas de trabajo y los vehículos de quien vuelve de Estados Unidos a vivir a Honduras. Pero el reglamento que debía estar listo el 28 de agosto de 2026 todavía no existe.

Datos duros

ConceptoValorInstituciónFuente
Quién califica como beneficiario de la Ley Especial de Facilitación del Retorno (Artículo 2, Decreto 73-2026)Ser hondureño (o su grupo familiar: cónyuge o pareja de hecho, hijas e hijos dependientes, personas adultas dependientes convivientes) y: a) retornar por deportación, salida voluntaria, o vencimiento/precario de su estatus migratorio; o b) manifestar la decisión de retornar temporal o permanentemente y establecer domicilio en Honduras. Incluye a quienes retornan de países distintos a Estados Unidos que mantengan políticas migratorias de retorno de hondureñosAduanasFuente
Fecha de entrada en vigencia de la Ley Especial de Facilitación del Retorno y Protección del Patrimonio de las Personas Migrantes Hondureñas y sus Familias (Decreto Legislativo 73-2026), publicado en La Gaceta No. 37,153 el mismo día28 de mayo de 2026AduanasFuente
Exención total de aranceles, Impuesto Sobre Ventas y demás tributos a la importación de menaje de casa para un migrante hondureño retornado, por única vez y por grupo familiar, hasta este monto en valor de aduana (Artículo 4, Decreto 73-2026, Ley Especial de Facilitación del Retorno)150000 USDAduanasFuente
Exención total de aranceles, Impuesto Sobre Ventas y demás gravámenes a la importación de implementos de trabajo (equipo, herramientas, maquinaria) de un migrante hondureño retornado, hasta este monto, dentro de los 12 meses siguientes al retorno. No aplica a bienes de consumo ni de reventa (Artículo 5, Decreto 73-2026, Ley Especial de Facilitación del Retorno)150000 USDAduanasFuente
Exención de importación de vehículos para un migrante hondureño retornado (Artículo 6, Decreto 73-2026, Ley Especial de Facilitación del Retorno)Un (1) vehículo particular y un (1) vehículo de trabajo por grupo familiar, exentos de aranceles, Impuesto Sobre Ventas e Impuesto a la Primera Matriculación. Condiciones: propiedad acreditada, funcionamiento normal, cumplimiento de normativa técnica y de tránsito, e inalienabilidad durante 24 mesesAduanasFuente
Plazo para acogerse a las exenciones de menaje de casa y de implementos de trabajo de la Ley Especial de Facilitación del Retorno (Artículo 9, Decreto 73-2026)12 meses desde la fecha de ingreso al territorio nacionalAduanasFuente
Documentación que exige la Ventanilla Única del Retorno para acceder a las exenciones de la Ley Especial de Facilitación del Retorno (Artículo 9, Decreto 73-2026)Antes de llegar a Honduras: presentar una lista valorada de los bienes, una constancia consular de residencia, y el pasaporte o historial migratorio. Al llegar: la Secretaría de Finanzas emite la dispensa en el sistema y se presenta la Declaración Única Centroamericana (DUCA)AduanasFuente
Procedimiento de la Ventanilla Única del Retorno (VUR), creada por la Ley Especial de Facilitación del Retorno (Artículo 8, Decreto 73-2026)La Ventanilla Única del Retorno (VUR) integra a la Administración Aduanera, la Secretaría de Finanzas (Unidad de Franquicias Aduaneras), el Instituto Nacional de Migración y el Instituto de la Propiedad/Registro Vehicular, para tramitar en línea: 1) Declaración Jurada de Domicilio en Honduras (INM); 2) Solicitud de exención (SEFIN/Franquicias); 3) Declaración Única Centroamericana (DUCA) y despacho (Aduanas); 4) Registro vehicular y anotación de inalienabilidad. Admite firma electrónica y representación por poder consular o apostilladoAduanasFuente
Plazo legal para que la Secretaría de Finanzas y la Administración Aduanera emitan el Reglamento Operativo de la Exención de la Ley Especial de Facilitación del Retorno (Artículo 15, Decreto 73-2026)90 días desde la vigencia de la ley (28 de mayo de 2026)AduanasFuente
Sanción por incumplir la inalienabilidad de 24 meses de un vehículo importado con la exención de la Ley Especial de Facilitación del Retorno (Artículo 11, Decreto 73-2026)Vender o transferir el vehículo antes de 24 meses revoca la exención y obliga a pagar los tributos exonerados más intereses; simular o falsear datos da lugar a cobro de tributos, multas y responsabilidad penalAduanasFuente
Bienes a los que NO aplican las exenciones de la Ley Especial de Facilitación del Retorno (Artículo 7, Decreto 73-2026)Armas y municiones, sustancias peligrosas, bienes suntuarios sin relación con uso doméstico, y bienes para reventa inmediata o destinados a tercerosAduanasFuente

Los dos caminos

Hazlo tú mismo

  1. Antes de viajar, reúne una lista valorada de tus bienes, una constancia consular de tu residencia, y tu pasaporte o historial migratorio. Fuente
  2. Al llegar a Honduras, tramita en la Ventanilla Única del Retorno: la Declaración Jurada de Domicilio (INM), la solicitud de exención (SEFIN) y la Declaración Única Centroamericana (Aduanas). Fuente
  3. Tienes 12 meses desde tu ingreso a Honduras para acogerte a las exenciones de menaje e implementos de trabajo. Fuente

Lo hacemos por ti

Trabajamos solo con abogados colegiados que ya verificamos, con garantía de devolución por escrito.

Qué necesitas

  • Ser hondureño, o parte de su grupo familiar (cónyuge o pareja de hecho, hijas e hijos dependientes, adultos dependientes conviviendo con la persona)
  • Haber retornado por deportación, salida voluntaria, vencimiento de tu estatus migratorio, o por tu propia decisión de establecer domicilio en Honduras
  • Lista valorada de bienes, constancia consular de residencia, y pasaporte o historial migratorio

Cuánto tarda de verdad

Plazo oficial
90 días desde la vigencia de la ley (28 de mayo de 2026)
Promedio real medido
Ese plazo venció el 28 de agosto de 2026. A la fecha de esta guía, la Secretaría de Finanzas y la Administración Aduanera todavía no han publicado el Reglamento Operativo de la Exención — sin él, la Ventanilla Única del Retorno no tiene los formatos ni el flujo electrónico para tramitar las exenciones.

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Preguntas frecuentes

¿Ya puedo pedir la exención de mi menaje o mi vehículo?

La ley está vigente desde el 28 de mayo de 2026, pero su Reglamento Operativo debía publicarse en 90 días (el 28 de agosto) y todavía no existe. Sin ese reglamento, la Ventanilla Única del Retorno no puede procesar las solicitudes en la práctica.

¿Cuánto puedo importar sin pagar impuestos?

Hasta $150,000 en menaje de casa (una sola vez, por grupo familiar) y hasta $150,000 en implementos de trabajo dentro de los 12 meses siguientes al retorno, más un vehículo particular y uno de trabajo por grupo familiar.

¿Quién califica como beneficiario?

Cualquier hondureño (y su grupo familiar) que retorne por deportación, salida voluntaria, o vencimiento de su estatus migratorio, o que decida por su cuenta volver a vivir a Honduras.

¿Qué pasa si vendo el vehículo que importé antes de tiempo?

Si lo vendes o transfieres antes de 24 meses, se revoca la exención y tienes que pagar los tributos exonerados más intereses. Simular o falsear datos puede generar multas y responsabilidad penal.

¿Qué NO cubre esta exención?

Armas y municiones, sustancias peligrosas, bienes suntuarios sin relación con uso doméstico, y bienes para reventa inmediata o destinados a terceros.

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